Ley 9826/07 - OBLIGATORIEDAD DEL SERVICIO DE GUARDAVIDAS EN EL ÁMBITO GEOGRÁFICO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS

Publicada: 27/12/2010 -- visitas: 5729

Establece la obligatoriedad del Servicio de Guardavidas en el ámbito geográfico de la Provincia de Entre Ríos, en todo lugar público o privado, en el que existan balnearios o instalaciones en la costa de los ríos, lagos, arroyos o natatorios habilitados al público.

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